La ley de moho de California de 2016, SB 655, se aplica a hoteles, moteles, departamentos y viviendas (incluidas casas y hogares) independientemente de la fecha de construcción. Las no viviendas están excluidas de SB 655.

El Departamento de Salud Pública de California (CDPH) había determinado que la presencia de humedad en el agua, moho visible u olor a moho en escuelas, lugares de trabajo, residencias y otros entornos no es saludable. Recomienda abordar el daño causado por el agua, la humedad, el moho visible y el olor a moho (a) identificando y corrigiendo la fuente de agua que puede permitir el crecimiento microbiano o contribuir a otros problemas, (b) el secado rápido o la eliminación de materiales húmedos, y ( c) la limpieza o eliminación de moho y materiales enmohecidos de la forma más rápida y segura posible. Estas pautas son similares a las pautas de la EPA y los CDC con respecto a las condiciones y correcciones del moho. Usar lejía para limpiar el moho o simplemente pintar sobre el problema no son soluciones para las condiciones visibles del moho en un ambiente interior.

SB 655 brinda orientación a los funcionarios encargados de hacer cumplir los códigos locales y otros funcionarios de salud pública que el crecimiento de moho es un problema de salud y seguridad cuando pone en peligro la vida, las extremidades, la salud, la propiedad, la seguridad o el bienestar del público o de los ocupantes del edificio. UNA El oficial de salud o el oficial de cumplimiento del código deben tomar esta determinación.. Dicho molde ‘calificado’ es ilegal según la Ley de Vivienda del Estado. Las agencias locales tienen el mandato de hacer cumplir la Ley de Vivienda del Estado y tienen autoridad para emitir avisos a los propietarios para reducir el crecimiento de moho calificado como aplicación de rutina del código de vivienda.

La presencia de moho que es menor y que se encuentra en superficies que pueden acumular humedad como parte de su funcionamiento adecuado y uso previsto está exenta de la aplicación de la ley SB 655. Dicho moho es una tarea de “limpieza” que es responsabilidad del ocupante.

Los propietarios deben mantener sus unidades seguras y habitables, y libres de violaciones de la Ley de Vivienda del Estado. No se puede renunciar a esta obligación ni eludir ningún acuerdo en contrario. SB 655 enmienda la ley de propietarios e inquilinos para que los propietarios no estén obligados a remediar el moho a menos que tengan un aviso del moho o si el inquilino está en violación de obligaciones afirmativas específicas.

Independientemente de esta disposición del Código Civil, según la SB 655, los edificios deficientes siguen sujetos a la aplicación del código por parte de las agencias locales bajo la Ley de Vivienda del Estado, que requiere que las agencias de aplicación den aviso a los propietarios. Las viviendas con moho ilegal pueden considerarse inhabitables y es posible que se requiera que se desalojen y / o estén sujetas a otros remedios, incluidas multas y sanciones.